Jamay

Es delito mantener relaciones sexuales con menores de edad

En Jamay vincularon a proceso a una persona por el delito de abuso sexual.

Decisiones.-  El Código Penal de Jalisco prevee que el abuso sexual infantil es un delito que se comete cuando una persona mayor de edad sotiene relaciones sexuales con adolescentes o infancias.  Además dependiendo las circunstancias del delito, el acusado puede llegar a generar una sentencia de hasta 20 años de cárcel.

La reglamentación es clara, comete abuso sexual quien sostiene relaciones sexuales con cúpula o sin ella y es que quien ejecuta cualquier acto erótico-sexual aunque no haya habito cópula o penetración de todas formas comete este delito.

Así pues, la Fiscalía de Jalisco informó este 30 de marzo que vincularon a proceso a un hombre acusado de abuso sexual por mantener relaciones sexuales contra una menor de edad habitante de la ciudad.

Por medio de un boletín que enviaron a diferentes medios de comunicación la Fiscalía informó que Fiscalía Especial Regional del Distrito IV con sede en Ocotlán llevó a cabo la imputación contra un sujeto de nombre Alejandro C. debido a que mediante chantajes diversos y supuestas amenazas, presuntamente abusó sexualmente de una adolescente, por lo que ya fue vinculado a proceso por un Juez de Control.

Además, a solicitud del agente del Ministerio Público, Alejandro C. deberá permanecer en prisión preventiva oficiosa durante un año como medida cautelar.

La investigación del Miniterio Público permitió establecer que, en el año 2019, dicho individuo comenzó una relación de noviazgo con la víctima, aún bajo el conocimiento de que se trataba de una menor de edad. Se confirmó también que mediante chantajes de que él se quitaría la vida o bien, la iba a asesinar, la obligó a sostener en diversas ocasiones relaciones íntimas en su domicilio localizado en la colonia Centro, en el municipio de Jamay.

En busca de acceso a la justicia, la familia de la ofendida presentó la denuncia correspondiente, y en respuesta, la Fiscalía Especial Regional del Distrito IV llevó a cabo las investigaciones mediante el protocolo de perspectiva de género, mediante el cual se obtuvo una orden de aprehensión contra Saúl Alejandro C. por su posible responsabilidad en la comisión del delito de abuso sexual infantil y corrupción de menores, ambos con agravante.

El sujeto fue detenido por Policías de Investigación del Distrito IV en fechas recientes, quienes lo remitieron ante el Juez de Control, quien analizó los datos de prueba aportados por el agente del Ministerio Público y lo vinculó a proceso en los términos ya señalados.

La Fiscalía del Estado reitera que una de sus prioridades es la investigación de los delitos que se cometen en agravio de las y los menores de edad, por lo que continuaremos trabajando en la integración de sólidas carpetas de investigación que permitan presentar ante la justicia a quien o quienes resulten responsables, para que respondan por sus actos.

Las personas que quieran denunciar delitos de este tipo lo pueden hacer en las agencias del Ministerio Publico que aparecen en el siguiente enlace.

 fiscalia.jalisco.gob.mx/servicios-y-programas/agencias-del-ministerio-publico/delegaciones-regionales.

Penas específicas por el delito de abuso infantil 

«Artículo 142-M. A quien tenga cópula o cópula equiparada, con una persona menor de edad o en una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado de las cosas o de resistir el hecho, se le impondrá una pena de:
I. Tres meses a cinco años de prisión, cuando la víctima tenga entre quince y menos de dieciocho años de edad y el acto se realice con su consentimiento por medio de la seducción, la cual se presume salvo prueba en contrario, o por medio del engaño;
II. Ocho a quince años de prisión, cuando la víctima tenga entre quince y menos de dieciocho años de edad y el
acto se realice sin su consentimiento, o cuando sea una persona que no tenga la capacidad de comprender el
significado de las cosas o de resistir el hecho, y
III. Doce a veinte años de prisión, cuando la víctima sea menor de quince años de edad.
El delito señalado en la fracción I del párrafo anterior, se perseguirá por querella de a parte ofendida o de su legítimo representante.

En este link puedes leer el Código Penal de Jalisco y comparar la información que mencionamos en esta nota.

https://www.jalisco.gob.mx/sites/default/files/C%25C3%25B3digo%2520Penal%2520para%2520el%2520Estado%2520Libre%2520y%2520Soberano%2520de%2520Jalisco%2520%252826OCTU12%2529.pdf

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Jessica Padilla Tepoxtecatl

Licenciada en Periodismo, diplomada en Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, maestrante en Derecho. Reporteo política, corrupción, derechos humanos, acciones sociales, niñez, género y agenda diversa en los municipios de la Ciénega.

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