Poncitlán
Exigen pronta resolución contra comuneros de Mezcala
Hasta la fecha no se ha dictado sentencia por parte de la Sexta Sala.
Poncitlán, Jalisco, 8 de octubre (Decisiones).- El Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), exige al gobernador del estado, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, investigue los hechos donde interviene el personal del Ministerio Público adscrito a Poncitlán, Jalisco, y determine las violaciones procesales generadas por el personal, así como el papel que ha jugado el representante social adscrito al Juzgado Penal en Ocotlán, Jalisco.
Esta demanda de la CEPAD es por el caso de los comuneros de Mezcala de la Asunción acusados por el delito de daño a las cosas en perjuicio del empresario Guillermo Moreno Ibarra, quien desde 1999 se encuentra en posesión ilegal de 10 hectáreas del territorio comunal con la protección de diversas autoridades municipales, estatales y federales.
Mediante un comunicado la CEPAD también pide al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco, que vigile se imparta justicia pronta y expedita al considerar que miembros de la comunidad indígena han sido condenados injustamente.
Esta acción tiene como fin se libere a los integrantes de la comunidad de los delitos interpuestos.
“Así también exigimos dicte medidas necesarias para iniciar procedimiento administrativo en contra del C. Licenciado Óscar Martín Morales Vázquez, Juez de Primera Instancia en Materia Penal en Ocotlán, Jalisco, por las irregularidades graves cometidas y consentidas en el proceso penal de origen y que han derivado en la condena injusta en contra de miembros de la comunidad indígena de Mezcala”, precisa el documento de la CEPAD.
Antecedentes
El 18 de septiembre del 2011, el Juez Penal resolvió la situación jurídica de 9 miembros de la comunidad decretando auto de formal prisión por el delito de daño en las cosas, tras el pago de una fianza fueron puestos en libertad bajo caución.
El 27 de mayo del 2015, el Juez Penal de Ocotlán, dictó veredicto en contra de los miembros de la comunidad indígena, teniéndolos como responsables del delito de daño en las cosas y condenándose a ocho personas a la pena de dos años, seis meses y 15 días de prisión. La sentencia fue apelada y los agravios hicieron valer las violaciones cometidas y fue turnada a la Sexta Sala en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, registrada bajo el número 880/2015.
Sin embargo hasta la fecha no se ha dictado sentencia por parte de la Sexta Sala ni se ha informado del Magistrado a cargo de proponer la sentencia.