Opinión

Problemas en la sexualidad

Decisiones.- El ejercicio del libre albedrío debe regir la vida de los individuos, incluyendo la sexualidad. De ahí la importancia de que se diseñen políticas públicas encaminadas a la divulgación de la información necesaria para un adecuado ejercicio de este derecho.

Lo preocupante se presenta cuando como consecuencia del ejercicio del derecho a la libertad sexual se generan problemáticas sociales como el embarazo en niñas y adolescentes, agravando problemas sociales como la deserción escolar, pobreza económica, alimentaria, educativa, etc.

Según cifras publicadas de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014 (ENADID), en México ocurren 77 nacimientos por cada mil mujeres entre 15 y 19 años de edad. Mientras que más de 308 mil mujeres entre los 15 y 17 años, han estado embarazadas al menos una vez.

Este panorama reproductivo, para las niñas y adolescentes es alarmante, pues conlleva implicaciones perjudiciales en mayor medida para las mujeres y sus familias en cuanto a la salud de las madres pues el embarazo en esta etapa de vida suele ser de mayor riesgo y más al hablar de la práctica de aborto.

Los promotores de la “libertad sexual” han argüido que los embarazos ocurridos en niñas y adolescentes son resultado de la falta de información sobre métodos anticonceptivos, no por el ejercicio de la sexualidad, lo que resulta falso según la ENADID 2014, ésta encuesta menciona que poco más de tres millones de mujeres de 15 a 17 años, el 98 por ciento de la muestra, declararon conocer o haber escuchado sobre métodos anticonceptivos, de las cuales 17.4 por ciento reconocieron tener una vida sexual activa, y de estas, 46.1 por ciento reconocieron no haber usado algún método anticonceptivo en su primera relación sexual.

Es evidente que para el ejercicio responsable de una vida sexual es importante educar con valores, principalmente el de la responsabilidad. No puede haber derechos sin obligaciones, por ello debemos reflexionar sobre el proceso educativo en nuestra sociedad, analizar si estamos estableciendo márgenes para un saludable ejercicio de la vida reproductiva de todo individuo, o si se les está incitando a los menores a un ejercicio irracional bajo el argumento de la autodeterminación de su individualidad y el desentendimiento de sus responsabilidades.

Una muestra de esta “política pública”, impuesta desde el exterior de nuestra nación, la podemos advertir cuando el IMSS y el Instituto Mexicano de la Juventud impulsaron la “Cartilla de Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes”, en la que, a su criterio, enlistan los derechos sexuales de niños y jóvenes de entre los 10 y 29 años de edad.

Desde mi personal perspectiva, existen excesos o imprecisiones, que rayan en la aberración y que valdría la pena modificar o incluso erradicar, como el contenido en el punto número cuatro de la cartilla comentada, el cual a la letra dice: “Tenemos derecho a decidir libremente con quién o quiénes relacionarnos afectiva, erótica y socialmente […] El Estado debe preservar y garantizar este derecho y tomar medidas contra toda forma de coacción como los matrimonios forzados o la trata de adolescentes y jóvenes con fines de explotación, incluyendo la sexual”.

De acuerdo con el texto de la cartilla se le está diciendo tanto a un niño de 10 años como a un adulto de 29 que pueden decidir libremente sobre su sexualidad, sin mencionar la información a la que tienen derecho ni las obligaciones que ello implica. Y pese a realizar, mediante una diminuta nota a pie de página, la referencia de un marco jurídico, extrañamente esta no es expresa.

De poco sirve la creación de figuras de tipos penales como la pederastia, estupro, abuso sexual infantil, etc., si por una parte a los adultos, quienes son sabedores del alto índice de impunidad, se les amedrenta mediante normas jurídicas pocas veces positivadas, y por otro lado se desinforma a las posibles víctimas a través de documentos oficiales sobre la validación de su voluntad, sin importar su edad, para el ejercicio libre de su sexualidad.

¿Qué ocurriría si se vean involucrados un adolescente y un adulto? Este último será legalmente exonerado por la simple declaración del adolescente sobre su libre elección para relacionarse, cito, “erótica, sexual o afectivamente”, o se ponderara la tutela del desarrollo sexual del adolescente mediante la aplicación de las normas penales vigentes.

Debemos asumir la tarea de cuidar la educación de nuestros niños, para que su inocencia, en el mejor sentido del término, se prolongue lo necesario para su saludable desarrollo. Nunca olvidemos aquella frase de Karl Augustus Menninger: «Lo que se les dé a los niños, los niños darán a la sociedad».

Etiquetas

José Enrique Cervantes Soto

Abogado egresado de la Universidad de Guadalajara, con Mención Honorifica. *Socio Fundador del Colegio de Abogados del Sistema de Métodos Alternos y Justicia Restaurativa del Estado de Jalisco A.C. *Socio Fundador del Despacho Cervantes-Jiménez *Director del Centro Privado de Métodos Alternos número 70 del Estado de Jalisco *Colaborador en el programa Doing Business en México 2016 del Banco Mundial *Abogado postulante en Notaria 1 Ocotlán. Jalisco.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenio protegido
Cerrar