Opinión
¿Por qué decretaron el aprovechamiento de sitios protegidos en el Lerma-Santiago?
Decisiones.- Cuando se firman cosas malas que parecen buenas…El pasado 06 de junio, dentro del marco del Día Mundial del Medio Ambiente, el presidente de la república decretó la supresión de vedas en diez cuencas de agua del país, bajo la consigna de proteger el recurso hídrico al transitar de la “veda” a “protección”.
Sin embargo, cabe recordar que, según los términos de referencia de CONAGUA, las vedas responden a áreas hidrológicas donde no se autorizan aprovechamientos de agua adicionales a los establecidos legalmente y éstos se controlan mediante reglamentos específicos. Mientras que una protección, presenta una explotación, uso o aprovechamiento para prestar un servicio público, implantar un programa de restauración, conservación o preservación bajo supuestas restricciones
Por ende, se entiende que, ambos términos atienden a objetivos muy diferentes en el sentido de preservación hídrica, poniendo en duda los comunicados oficiales de Gobierno de la República que han emitido en conjunto con las autoridades nacionales del agua: CONAGUA y SEMARNAT.
Para evidenciar lo anterior, se afectarán un total de 265 cuencas distribuidas en diez regiones hidrológicas, de las cuales ocho se clasifican con déficit, con base en los estudios efectuados durante el periodo comprendido del 3 de enero de 2012 hasta el 26 de febrero del 2018. Por citar sólo un caso, dentro de la cuenca Hidrológica 12, se autorizaría la extracción de hasta 70.743 millones de metros cúbicos anuales en la cuenca Río Santiago 3.
De las implicaciones señaladas, también destacan la afectación a zonas de protección forestal, parques nacionales, sitios RAMSAR, entre otras, como se señala en la siguiente tabla:
En sumatoria, se está hablando que el tema de la disminución de la protección a los cuerpos de agua de las 265 cuencas no es una trivialidad y menos cuando no se considera lo siguiente:
- El impacto directo a 21 Áreas naturales protegidas, 10 parques nacionales, 11 zonas de protección, 5 reservas de la biósfera y 24 sitios RAMSAR;
- Los estudios efectuados carecen de una correcta estructura técnica, sólo al tener parámetros de crecimiento poblacional proyectados al 2070 y la explotación actual de cada una de las cuencas;
- No se justifica el afán de querer asegurar el abastecimiento en un lapso mayor a 50 años, cuando no se analizan correctamente las dinámicas poblacionales;
- Los estudios carecen del contexto de sostenibilidad y adaptación de las regiones
- Los decretos no atienden el fomento del desarrollo tecnológico, ni la integración de grupos que han trabajado en esas zonas acciones de preservación, para asegurar una correcta gestión del agua
- Los consejos de cuenca no han transparentado los dictámenes de la aprobación de los estudios, ni la integración de los mismos responden a un órgano técnico colegiado
- Se estimaría la explotación de un caudal superior a los mil millones de metros cúbicos anuales
Adicionalmente, se tiene el antecedente del otorgamiento de concesiones durante el período de veda en regiones hidrológicas como el Río Pánuco, por lo que la laxitud de la protección incitaría a sobrepasar los límites máximos establecidos a expensas de no asegurar un manejo adecuado del agua. Con ello, se comprueba que la promulgación de los decretos que comento, atienden a otros intereses que no van encaminados al aseguramiento de la provisión del agua y la sostenibilidad de las regiones hídricas, un problema latente que deberá atender la nueva administración federal que entrará en funciones este primero de diciembre.