Opinión

El derecho humano al agua y los ciudadanos

Decisiones.- El pasado 28 de julio se conmemoró el décimo aniversario de la declaratoria 64/292 acerca del derecho humano al agua potable y saneamiento, que “reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.

En México, en el 2012 el derecho humano al agua fue integrado en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que indica como: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

El derecho humano al agua potable y saneamiento establecido por la ONU se debe aplicar a nivel mundial, nacional, estatal, regional, municipal y local. A 10 años del reconocimiento del derecho humano al agua potable y saneamiento, así como de ocho años su inclusión en la ley máxima de nuestro país, vale la pena reflexionar de manera colectiva, cuáles han sido los pasos para su cumplimiento y en qué medida nos sirve conocer el valor o utilidad en los ciudadanos mexicanos actuales, a partir de los siguientes cuestionamientos: 

  • ¿Los habitantes de Ocotlán y municipios vecinos, así como los de Jalisco sabemos y/o nos interesa conocer más sobre el derecho humano al agua potable y saneamiento? 
  • ¿Consideramos que a 10 años de la declaratoria mundial, los gobiernos de los tres niveles de México han creado y aplicado las políticas públicas y programas para que todos los mexicanos contemos con agua potable y saneamiento? 

A continuación, comparto algunas reflexiones acerca de las características que son parte del derecho que compartimos los casi 127 millones de mexicanos así como el avance en su cumplimiento. En palabras de la Constitución Mexicana como ley máxima, el derecho humano al agua potable y saneamiento, incluye el acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. Otra información muy importante es que es el Estado que debe garantizar que este derecho con apoyo de leyes, sobre las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, desde la Federación, las autoridades de los estados, los municipios, así como la participación de la ciudadanía.

Acerca de las políticas públicas, así como los programas de gobierno que en los últimos ocho años han aplicado el derecho humano al agua potable y saneamiento, es importante respondernos de manera personal, familiar, colectiva y ciudadana. Porque una adecuada aplicación de la ley por parte de los gobiernos debe garantizar agua potable y saneamiento para cada uno de los habitantes del estado de Jalisco vivamos, en nuestra zona, colonia, barrio, pueblo, rancho, localidad, ejido, etc. Nuestras respuestas son el resultado de los avances en el cumplimiento de nuestro derecho. 

Ahora mismo, vale observar cómo los gobiernos han protegido este derecho. Y lo que se puede constatar es que el derecho humano al agua potable y saneamiento pasa por muchos procesos para su aplicación. Y uno de ellos es conocer la forma en que los gobiernos municipales se organizan al interior, así como con los vecinos. Lo que se confirma es que en los últimos años los pueblos de antaño se están dividiendo, separando, reuniendo, renombrando, reorganizando, entre otros, en nuevas formas para brindar a todos y todas las ciudadanas mejores condiciones de vida. Sin embargo, cada división complica la resolución de problemas básicos como garantizar agua para todos. En la actualidad, los habitantes de los municipios ribereños pertenecemos a: 

  • La región administrativa Ciénega de Jalisco, integrada por los municipios de La Barca, Jamay, Ocotlán, Poncitlán, Atotonilco el Alto, Degollado, Tototlán, Ayotlán, y Poncitlán.
  • Los municipios de la subcuenca del lago de Chapala, Jalisco y Michoacán, además de los anteriores, Chapala, Jocotepec, Tizapán el Alto, y Tuxcueca, Cojumatlán de Régules, Venustiano Carranza y Briseñas. 
  • La Zona y/o Área Metropolitana de Ocotlán, conformada por los municipios de Jamay, Ocotlán y Poncitlán. 
  • El Área Natural Protegida, de nombre: “Área estatal de protección hidrológica Sierra Cóndiro Canales y Cerro San Miguel Chiquihuitillo”

El creciente número de políticas públicas y programas para el municipio y región Ciénega de Jalisco deben garantizar y aplicar la protección de nuestro derecho al agua. Además, el día 28 de julio nos recuerda que es preciso que todos los ciudadanos conozcamos nuestro indispensable derecho humano al agua potable y saneamiento, y con este conocimiento podamos hacer cumplir lo que la Constitución nos invita para quienes habitamos tierras jaliscienses y mexicanas, que es realizar una participación ciudadana para su cumplimiento. 

Te invitamos a leer: 

El reconocimiento negado para Mezcala y San Pedro Itzicán

Etiquetas

Adriana Hernández

Profesora – investigadora en el Centro Universitario de la Ciénega de la Universidad de Guadalajara desde el 2001. Su línea de Generación y aplicación del conocimiento es: Desarrollo regional y medio ambiente.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Mira también

Cerrar
error: Contenio protegido
Cerrar